Extracto del discurso de recepción pronunciado por el Dr. Fernando Rius Alarcó en el Acto de recepción como académico correspondiente del Ilmo.Sr. D. Jaime Giner Martínez, leído en el MICOF el 14 de enero de 2019:


Ante un hecho histórico como el que hoy se inicia , siempre podremos preguntarnos por qué, cuando y donde tiene lugar, y por qué no en cualquier otro momento o  en algún otro lugar. Para dar respuesta a estos interrogantes debo retroceder al mes de septiembre del año 2013, cuando coincidí, en una de las excelentes sesiones que lleva a cabo la RAMCV, con el profesor Moreno Frigols quién, como yo, recientemente se había jubilado de su labor universitaria. ¿Y qué harás ahora? fue mi pregunta que por la rapidez en responder pareció que estaba esperando: “pertenezco a varias Academias, me contestó,  pero me falta la de mi profesión y en mi Comunidad”, haciendo así referencia a la ausencia y a la vez  deseo de la existencia de la AFCV. Ciertamente no era lógico que una Comunidad con la notable tradición farmacéutica como la valenciana, careciese de dicha Academia.


No es que la memoria me permita precisar dicha fecha sino que me valgo del Acta de la primera reunión que tuvo lugar en el MICOF de Valencia para la constitución de la AFCV,  que sería un mes después, concretamente el 17 de octubre del año 2013. Dicha Acta recoge en su punto 5 el nombramiento de los farmacéuticos que integran la Comisión Gestora constituida para promover la Academia que actuarán como Fundadores. Se propone al respecto como criterio designar a los farmacéuticos residentes en la C.V., actualmente integrados en alguna Academia, bien de Farmacia o de Medicina, relación esta de farmacéuticos ya referida por el Sr. Secretario General.

Comisión gestora

Dicha Comisión Gestora estará integrada además por D. Jaime Carbonell Martinez,  Dña Maria Teresa Guardiola Chorro y D. Jesús Bellver Roses, Presidentes de los Ilustres Colegios Oficiales de Farmacéuticos de  Alicante, Valencia y Castellón respectivamente, conscientes desde el primer momento de que la futura Academia debería de representar a la C.V. También formaría parte de dicha Comisión Gestora D. Enrique Granda Vega, Académico Correspondiente de la Real Academia Nacional de Farmacia, en calidad de experto asesor que aquellos días se encontraba en Valencia y nos ofrecería las primeras orientaciones para desarrollar nuestro  proyecto.

Decía Ortega y Gasset que “no hay nada más fecundo que la ignorancia consciente de si misma” y así asumimos nuestro absoluto desconocimiento en este sentido, pues nuestras vidas académicas habían trascurrido en las aulas y en los laboratorios, desde donde  ni siquiera podíamos imaginar que algún día nos planteásemos este ilusionante objetivo.

Desde los tres Colegios Oficiales de Farmacéuticos de la CV.,  ya con las correspondientes nuevas Juntas de Gobierno; de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, de la Dirección General de Farmacia y Productos Sanitarios, de la Dirección General de Universidad, Investigación y Ciencia recibimos, como desde otras entidades administrativas,  una amable acogida, información y sugerencias que condujesen a dicha constitución. Pronto comprobamos que corriendo se alcanza antes la meta, pero paso a paso pueden alcanzarse objetivos más lejanos como el que nos habíamos propuesto.


Fueron decisivas las orientaciones iniciales, dada su experiencia en la administración,  del Ilmo Sr. D. Jose E. Clérigues y más tarde del Profesor Hble Sr. D. Vicente Garrido Mayol, Presidente del Consell Juridic Consultiu de la Comunitat Valenciana quién nos propone que en la C.V., y a falta de regulación expresa sobre creación de Academias, la forma de proceder podría contemplar la Constitución de la Comisión Gestora promotora de la creación de la Academia, por comparecencia ante Notario. Al mismo tiempo convendría protocolizar un proyecto de Estatutos que contuviera, entre otros, la referencia de la denominación de la Academia y domicilio. Finalmente, la presentación de una instancia suscrita por los promotores dirigida a la Conselleria de Educación, Cultura y Deportes, interesando la creación de la Academia, adjuntando el proyecto de Estatutos, que podrían tener como referencia los ya existentes de otras Academias afines y el curriculum vitae de sus promotores.

Era comienzos del año 2014 cuando se llevan a cabo estas primeras ya orientadas actuaciones.  No obstante, habría que esperar hasta el 28 de junio del pasado año 2018, esto es cuatro años, para que se publicase en el DOGV el Decreto por el que se crea la AFCV, aprobándose por otra parte sus estatutos los cuales figuran como anexos de este Decreto. Durante estos años sería fundamental la implicación del MICOF de Valencia, en la persona de su Presidente, a donde acudíamos con frecuencia para llevar a cabo  diferentes gestiones, asesorados por la letrada Dña Beatriz Nebot Marzal cuya actuación perseverante y eficaz desde los Servicios Jurídicos del MICOF sería decisiva y a ella nuestro más sincero reconocimiento. Tenemos el privilegio de ser testigos del amanecer de esta AFCV, amanecer que contrasta, razonablemente, con el atardecer de la vida académica de sus Académicos Fundadores. Nuestros mejores deseos a la misma.

La profesión farmacéutica en la Comunitat Valenciana

No está de más recordar, por otra parte,  que el origen de la profesión farmacéutica en España, las funciones y primeras disposiciones para los entonces boticarios, otorgan a Valencia un lugar relevante en la Historia de la Farmacia.  Alfonso IV, en 1329, dio un privilegio a los boticarios de Valencia para que su gremio pudiese examinar a los que deseasen ejercer en Valencia o en su reino, pero las dificultades que tenía tal gremio para reunirse libremente y tratar de las cosas de su arte hicieron que estas disposiciones no tuvieran la importancia que se merecía.


A principios del siglo XV, se formó una comisión para examinar a aquellos que deseasen preparar o vender medicamentos, como se deduce de la disposición dictada en 1403 prohibiendo que ningún especiero o boticario se atreviera en Valencia a preparar jarabes, confecciones purgantes u otras medicinas ni vender aquellos si primeramente no había sido examinado y aprobado por los examinadores de los médicos y dos boticarios o especieros que cada año debían ser elegidos en esta ciudad.

Esta orden fue respetada y se establecen las visitas que debían verificarse seis veces al año por los examinadores de los médicos y dos boticarios o especieros, los que deberían inutilizar las diversas medicinas que encontrasen alteradas.

A pesar de estas disposiciones, la Farmacia, la Farmacia, en Valencia, vivía una vida oscura, siendo necesario que se fundase el Colegio para que llegase a alcanzar el prestigio que tuvo en siglos posteriores.


Así, queda demostrada la existencia en Valencia de un Gremio de Boticarios por la orden de Alfonso IV ya citada, pero la transformación de este Gremio en Colegio no tiene lugar hasta el año 1441, en el que la Reina Doña María de Aragón, accediendo a lo que le solicitaron el mismo año los farmacéuticos Matías Martí, Pedro Torres y Juan Fúster, permitió la creación del Colegio de Boticarios, a la vez que aprobó sus estatutos.

Se reunía el Colegio libremente cuatro veces al año, y en las reuniones trataban de los asuntos de interés, así como del arte, vida y costumbres de los colegiales, eligiéndose el día de María Magdalena, patrona del Colegio, a los dos Mayorales, que eran los que regían la actuación del mismo, haciendo cumplir los estatutos, convocando y presidiendo las reuniones, exigiendo el pago de las cuotas ordinarias; tenían la autoridad necesaria para imponer las cuotas extraordinarias, debiendo, al dejar el cargo, presentar las cuentas a los nuevos Mayorales, quienes en caso de no estar conformes con ellas, podían impugnárselas y exigirles el pago de multas por su mala actuación .

Nadie podía ejercer en Valencia o en sus arrabales sin pertenecer al Colegio, debiendo acatar los estatutos, así como lo que determinasen los Mayorales.


Así, en el año 1441,  queda constituido el Colegio de Boticarios de Valencia que muestra la historia como el primero de España.

La transformación histórica en aspectos sociales, políticos, económicos y culturales inciden en el  desarrollo de la ciencia y la farmacia no es una excepción. De aquellas siglas,  h.s.a.,, hágase según arte ,,, expresión tan simple de escritura como compleja de materializar, vinculada a la formulación y preparación de medicamentos han transcurrido  más de quinientos años. Hoy significa elaborar medicamentos de modo que los pacientes los reciban y utilicen de forma adecuada a sus necesidades clínicas, en las dosis precisas según sus requerimientos individuales, durante el periodo de tiempo adecuado, con la información para su correcto uso y al menor coste posible.

Si bien ha sido, y continua siéndolo, la preparación de medicamentos la actividad que identifica la labor profesional del farmacéutico, actualmente hay que considerar otras posibilidades dada la formación recibida por el farmacéutico a través de  los conocimientos, en constante desarrollo, adquiridos en las actuales Facultades de Farmacia.

Hace algo más de treinta años, se publica el Real Decreto 2708/1982, de 15 de octubre, por el que se regula los Estudios de Especialización y la Obtención  del Título de Farmacéutico Especialista. Quedan así establecidas las bases para que el farmacéutico pueda materializar en un marco legal los conocimientos adquiridos durante su amplia formación académica.

Así, el desarrollo del citado Real Decreto queda reflejado en la Orden de 10 de diciembre de 1984 mediante la que se determinan los criterios para acceder al Título de Farmacéutico Especialista en Análisis Clínicos, Bioquímica Clínica, Farmacia Hospitalaria y Microbiología y Parasitología.

En el mismo sentido responde la Orden de 31 de octubre de 1997 por la que se regula el acceso al Título de Farmacéutico especialista en  Radiofarmacia, Farmacia Industrial y Galénica y Análisis y Control de Medicamentos y Drogas por parte de los Licenciados en Farmacia.

Con la publicación, hace diez años, del Real Decreto 365/2004, de 5 de marzo, por el que se crea el título de Farmacéutico Especialista en Inmunología, como los anteriores de carácter oficial y con validez en todo el territorio español, queda reconocida la preparación y conocimientos del farmacéutico que justifican en la actualidad su protagonismo en otros variados aspectos científicos, además del  que la historia, de modo justificado le ha otorgado, esto es, de la elaboración de medicamentos.


La Comunitat Valenciana cuenta en la actualidad con las bases necesarias para contribuir al desarrollo de la Farmacia española en su mayor extensión. Tres Facultades de Farmacia, más de 6.000 colegiados en los correspondientes  Colegios oficiales de Farmacéuticos de Alicante, Castellón y Valencia, Colegios estos integrados por el Decreto 17/2008 de 15 de febrero del Consell en el Consejo Valenciano de Colegios de Farmacéuticos y cerca de 3.000 oficinas de farmacia distribuidas en las tres provincias permiten afirmar que la farmacia valenciana, por su historia y por su aportación presente, adquiere notable protagonismo en el desarrollo de la Farmacia española.

Por ello, es preciso que, en la actualidad, se constituya en la Comunitat Valenciana, una institución propia que continúe la labor avanzada siglos atrás., a través de la que  se aglutine, coordine y encauce este cúmulo de actividades, inquietudes e iniciativas, continuando y ampliando la tradición y el legado científicos de los farmacéuticos valencianos.


Además, es indiscutible que con  la creación de estas corporaciones de base científica se fortalece la satisfacción del interés general puesto que se instauran organizaciones cuyo objetivo es el fomento de la investigación y del estudio, así como la difusión de los conocimientos  obtenidos, en un ámbito  del saber, como es la ciencia farmacéutica, que afecta de plano a las necesidades esenciales del ser humano y su calidad de vida.

La Academia de Farmacia de la Comunitat Valenciana (A.F.C.V.) tendrá como finalidad esencial el fomento de la investigación y el estudio de la ciencia farmacéutica, junto con las actividades que podrá realizar para alcanzarla,  tales como la promoción de avances científicos, el asesoramiento a entidades públicas y privadas, o la formación permanente. La Academia precisará de miembros para poder alcanzar sus fines, de personas que, en todo caso, habrán de destacar en el ámbito científico o técnico por sus aportaciones a la farmacia o ciencias afines. Este núcleo humano constituirá el auténtico motor de la actividad de la Academia.


Se aportan los Estatutos que habrán de regir la Academia y en los que se regula, entre otras cuestiones, la actividad que realizará la Academia para alcanzar su finalidad esencial, las distintas clases de académicos, y los derechos y deberes derivados de tal condición, la gestión y el gobierno de la Academia, o el régimen jurídico de su patrimonio, así como el proceso inicial de constitución, en el que se ha contado con la participación de representantes de los tres Colegios oficiales de Farmacéuticos de la Communitat Valenciana así como de expertos en la materia, lo cual viene reflejados en las Actas de fecha 17 de octubre de 2013 y de fecha 7 de noviembre de 2013 correspondientes a las previas reuniones llevadas al efecto.